¿TENEMOS HIMNO PATRIO?
Julio Rivera Dávalos
Presidente INIMEN
Esta es una pregunta, aparentemente ingenua,
pero deja de serlo sí se reflexiona
sobre los estudios e
investigaciones en relación al Himno Nacional del Perú, efectuados en las obras El Mito de un Símbolo Patrio
[1] y “El Poder de un Símbolo Patrio” Clave de la Identidad e integridad[2], en las cuales con
una óptica histórica, jurídica,
literaria y filosófica demuestran que el Perú carece de himno patrio, en
cuanto a su letra, hecho que pone en tela de juicio nuestra historia, el
nivel de nuestra cultura en general y en particular de nuestra cultura cívica.
Tal revelación, obviamente constituye
un desafío para los historiadores y educadores así como para
todos los peruanos para cambiar una concepción errada enraizada en la
mentalidad y la conciencia nacional a
través de más de 180, respecto a que sí tenemos
himno patrio, a tal extremo que
algunos lo sacralizan sin conocer
su verdadera historia, menos su significado y sentido; pero de saberlo nos daríamos con más de una sorpresas, que en verdad, aunque es dura,
pero al fin verdad, carecemos de himno patrio
y nuestro actual denominado himno
nacional incide negativamente
la conciencia y la identidad
nacional.
Tal afirmación obedece a que
la letra actual del denominado himno,
no corresponde a las características
o requisitos de un himno patrio, y
representa una apología al lamento,
constituye un desafío a los historiadores, a los educadores, intelectuales
y en general a todos los peruanos que
amamos la verdad, cuales filósofos que solo buscan el saber, para vivir
mejor con solidaridad y sinceridad
en esta tierra, llamada Perú, hábitat
y sostén de nuestra vidas. En este
sentido, y dada las circunstancias en que nos encontramos, dicha tesis
constituye también un desafío para todos, en particular a los políticos de que
quienes se supone son los
primeros personajes que trabajan por el Perú, no solo en el campo
material sino también en cuanto a
fomentar el espíritu cívico
y patriótico; es decir, creemos que éstos hombres son los primeros ciudadanos llamados a promover, fomentar y defender los interés de
la Patria; sin embargo hasta el momento consciente o inconscientemente no se
dan cuenta de la importancia del problema del denominado Himno Nacional.
Toda tesis
es producto de una investigación de acuerdo al tema que se trate; en este caso, el tema que nos
ocupa es resultado de un
análisis de carácter histórico,
jurídico normativo, literario
y filosófico que motiva a reflexionar
seria y responsablemente sobre dicho problema.
Desde el punto de
vista histórico:
El denominado Himno Nacional del Perú, no tiene
origen formal, es decir no tiene
partida de nacimiento,
encontrándose su origen informal
(Letra y música) en la Marcha
Nacional, resultante del concurso convocado, por el Decreto del Supremo Delegado de fecha 07.08. 1821, mediante el cual se convocó a poetas,
músicos, compositores y
aficionados para la composición de una marcha Nacional, a fin de “animar las almas sensibles” en la
consecución de la independencia; o sea
se llamó a concurso con una
finalidad específica, para incentivar
los espíritus libertarios independentistas de nuestros predecesores de
aquella época, invitándose a tales
amantes de la música y letra para que presentaran sus propuestas, a cuya
letra su autor lo tituló como Canción Nacional, pero por los usos y costumbres adquirió el adjetivo y/ o categoría de “himno” sin un
fundamento que lo sustente. Es decir,
dicha convocatoria no fue para otorgar
un himno sino para proveer de una
canción motivadora hacia la independencia, porque aun formalmente aun no existía patria
El carácter temporal tácito que encierra dicha canción, se aclara explícitamente mediante Decreto del Supremo Delegado del 13 de abril de 1822, el cual es coherente con el primer Decreto del General San
Martín dado en Pisco el 8 de setiembre
de 1820, el cual señala: “Así todo cuanto fuere establecido por mi se
considerará solo provisional hasta que
concluida la guerra puedan ellos pronunciarse sobre sus futuros destinos”.[3]
Concluida la guerra de la independencia
después de 1825, el General Bolívar derogo todo lo dispuesto por el General San
Martín, quedando implícitamente fuera de contexto la Macha Nacional, ya
denominada informalmente Himno Nacional,
hasta el año 1845 en el cual el General Ramón Castilla, verbalmente
dispone se vuelva cantar el Himno Nacional, conocida así la
Marcha Nacional por los usos y costumbres. Con este acto, podemos decir que
en el Perú se inicia la costumbre de la mala práctica
gubernamental de que toda norma temporal
o provisoria se vuelva definitiva.
Jurídicamente:
No existe ninguna disposición legal que
reconozca a la Marcha Nacional como Himno patrio, siendo
falso la existencia de alguna norma
que reconozca dicha canción
patriótica como Himno, a lo que se
suma las investigaciones del músico e himnólogo
don Carlos Raygada quien en su obra:
Historia Critica del Himno Nacional,[4]
manifiesta que es falso aquella
frase “ He aquí el Himno Nacional del Perú” atribuida a
San Martín; la misma que se debió a un
error que aparece en el prologo biográfico escrito por don
Félix Cipriano Coronel Zegarra en
el tratado de Filosofía
Elemental de la Música de José
Bernardo Alzedo; es decir, que jurídicamente no existe norma legal
alguna que lo acredite a la Marcha Nacional como
Himno.
De otro lado,
debido a la creencia de que estamos
honrando al Perú con el denominado Himno Nacional, no se cumple adecuadamente el Artículo 38º de la Constitución Política del Perú el cual establece que: “Todos los peruanos tienen el deber de honrar al Perú y de proteger los intereses
nacionales, así como de respetar, cumplir y defender la Constitución y el
ordenamiento jurídico de la Nación”. Con dicho incumplimiento se incurre en
realidad inconsciente o conscientemente en un fenómeno de mistificación o de engaño y burla a la Patria, ya que dicho “himno”
representa una apología al lamento y no una loa o exaltación en sí a la Patria como debiera corresponder,
consecuentemente, con la letra actual
del denominado himno nacional no se honra al Perú
Desde una óptica Literaria:
La letra del mencionado himno siempre ha sido cuestionada a lo largo
de la historia, por su mal gusto literario que no condice con su bella música; asimismo, ha sido objeto
de adulteraciones y deformaciones informales y oficiales. La composición literaria del himno, fue objeto
de críticas tendentes a su modificación o reforma, correspondiendo la primera
reacción reformadora de carácter público a una iniciativa de la Academia de
Ciencias y Bellas Artes, instalada en el Senado el 23 de junio de
1867. Seis años más tarde, el Club Literario de Lima, acordó realizar una reforma de carácter
literario en la discutida composición original del denominado Himno, por una existencia de una
tendencia a una marcada hispanofobia poética, además de poseer un mal gusto
literario y adolecer de una serie de
defectos extremadamente visibles.
Los primeros
intentos de reforma se presentaron en 1867, a través de la Academia de
Ciencias y Bellas artes , y luego en
1873 a través del Club Literario de Lima, iniciativas que no tuvieron acogida
por razones que se desconocen, aun cuando una
reforma literaria era necesaria por los notables defectos que ya se
observaban en el denominado himno.
Oficialmente, en 1901 en el Gobierno de López de Romaña, mediante Resolución Suprema del 08 de mayo de
1901 se aprueba la restauración de la música del Himno Nacional, llevada a cabo
por C. Rebagliati y se
convoca a concurso para una nueva Letra
del Himno, presidida por don Ricardo
Palma, cuyo ganador fue declarado el
poeta José Santos Chocano, habiendo sido difundido el himno ganador en hojas
sueltas conjuntamente que el himno original De la Torre Ugarte,
advirtiéndose que hasta 1913 se cantaban
tres versiones diferentes, una la original, otra la de Chocano y otra las
deformadas informalmente.
Tal desorden dio lugar a que con fecha 26 de febrero de 1913 se diera
la ley de intangibilidad Nº 1801, mediante la cual se declara, en su Art 1º, como intangible la
Marcha o Canción original de Alzedo y
De la Torre Ugarte; sin embargo, en su redacción, subrepticiamente por razones políticas, se eliminó
la quinta estrofa que supuestamente
perjudicaba las relaciones con
España y se introdujo la estrofa
apócrifa “ Largo tiempo el
peruano….” como primera
estrofa, no obstante las aclaraciones de su falsedad por don Manuel
Gonzales Prada que por entonces ocupaba el cargo de Director de la Biblioteca
Nacional. Hecho que origino que, a
partir de 1913, se entonasen ya no solo
tres tipos de letra, sino hasta cuatro tipos de himno, incluyendo la
oficial, con la inclusión de de la citada
primera estrofa apócrifa e inauténtica, introducida ilegalmente en lugar de la Quinta, desorden que duró unos
cinco años aproximadamente.
Si observamos
la composición literaria del
denominado “Himno”, ella se encuentra
estructurada con muchas
metáforas, debido a que fue elaborada para una élite social
que tenga cierto nivel de conocimientos literarios. Estructura que dificulta una rápida interpretación de su
significado y sentido, situación que
imposibilita a la mayoría de la
población a conocer dicho significado,
lo que induce a ser cantado mecánicamente cual robots, con la consecuente incidencia negativa en la mentalidad y la
conciencia nacional. A esto se suma su
extensión, compuesta por 52
versos, un coro y seis estrofas,
extendiéndose ésta a 60 versos.
Finalmente por obra y gracia del
Tribunal Constitucional, nuestro denominado
himno de tener solo seis
estrofas, como su original, pasa a estar
conformada por siete estrofas mediante Sentencia del l8 de mayo del 2005
sobre la cual, el Ilustre Colegio, opinó institucionalmente, con sabiduría y
valentía, que dicha Sentencia es
inconstitucional que excede las funciones del Tribunal
Constitucional.
A través de la historia no se conoce
una interpretación formal, ni
oficial del sentido y significado de la
Letra del denominado Himno Nacional, con
excepción de las efectuadas recientemente en los años 2004 y 2008 en las
obras: El Mito de un Símbolo
Patrio y “El Poder de un Símbolo Patrio”, Clave de
la Identidad e integridad; es decir, que durante 180 años
se ha ignorado el significado y
sentido nada constructivo que conlleva la Letra del mencionado himno, ausencia
de conocimiento, que ha contribuido a obnubilar la mentalidad y la consciencia
nacional, así como a distorsionar la
relación hombre patria contribuyendo a la
ausencia de una identidad nacional.
Una interpretación de la Letra del mencionado Himno en términos
generales nos indica que dicha letra
como himno patrio no reúne los requisitos formales
ni estructurales de un himno en esencia
por representar una apología al
lamento, estar referido a una historia
distorsionada y contener metáforas en exceso de difícil
interpretación las cuales no se
adecuan al propósito de loar y
homenajear a la patria como corresponde a un himno patrio.
En términos
específicos una interpretación de los
versos más relevantes del coro
y de sus estrofas dice lo siguiente:
El verso “Somos libres” seamos lo siempre” aparentemente exalta a la
libertad a ser exclamada en todo momento, en cualquier lugar y circunstancia,
pero no es ni debe ser así porque solo clama a
un deseo de ser libres; toda vez
que, la expresión de somos libres es únicamente apropiada cuando se manifiesta
como una expresión de celebración de
júbilo, correlativa al hecho o suceso de haber sido declarados
libres; de lo contrario, cuando es
manifestada reiterada e inadecuadamente, fuera de su momento y lugar, resulta
anacrónica, que induce a ser
jactanciosa, alabanciosa y vanidosa,
que cuando es contrastada con
una realidad distinta genera una
frustración.
Igualmente,
la expresión de ser libres, se
refiere a un hecho ya logrado en el pasado y
es historia, cuya repetición innecesaria fuera de tiempo, resulta
incoherente con la esencia misma de la
libertad; puesto que axiológicamente la
libertad, no es un ente con
vigencia permanente, toda vez que su vigencia está en relación al cuidado, a la preservación y a la defensa que se haga de ella para merecerla,
de lo contrario languidece y puede
fenecer sin que nos demos cuenta, con
el riesgo de caer en la cobardía, por no haber sido capaces de defenderla y
merecerla. Asimismo, dado que la libertad axiológicamente es un valor
que se realiza o plasma en el ejercicio de las virtudes, puede ser
comparado con el amor que requiere ser
practicado y cuidado en su dimensión; es decir, hablando política o
sociológicamente, no basta haber sido
declarado ser libre para garantizar su vigencia permanente, es preciso que la libertad siempre sea
atendida, cuidada y
defendida de ser el caso, para
así merecerla, hechos que no se cumplen en nuestra patria y cada vez
nos alejamos más de la libertad,
debido a que hemos descuidado
cumplir dichos preceptos, puesto que
pareciera en demasía habernos
descuidado de nuestro deber con nosotros
mismos y con la patria.
Por razones
de espacio, ya no me ocuparé de los últimos versos del Coro, que
corresponden a una metáfora compleja de difícil comprensión para una mayoría de
la población, que de acuerdo a mis investigaciones su sentido y
significado es poco conocida, por lo mismo que su interpretación es dificultosa
para la mayoría sin mayor educación que
la elemental, situación que no es compatible
con los requisitos mínimos formales de un himno patrio real, el cual
sugiere que su composición literaria
sea de fácil interpretación por la mayoría de la población.
En cuanto a la Primera Estrofa, se sabe que ella es
apócrifa y anónima, de pésimo gusto literario que corresponde a un seudo relato, de una historia distorsionada, que representa una apología al lamento. Al margen de ser dicha estrofa oprobiosa, ultrajante para un pensar y sentir constructivo, tiene una incidencia
negativa en el inconsciente colectivo
que infunde sentimientos de indiferencia, indolencia y apatía, que
tienden a generar una baja autoestima, en la formación del carácter y la personalidad nacional;
es decir, esta estrofa de ningún modo puede ser considerada como himno,
puesto que la función de un himno patrio real
es ensalzar a la patria y ser un
elemento formador y guiador de la
mentalidad y conciencia nacional; de lo
cual pareciera no darnos cuenta, y no querer tomar consciencia de su influencia
nada constructiva que ejerce su Letra
en la formación de la identidad
nacional. Situación que es incompatible de
con los requisitos formales o condiciones
estructurales o materiales de un
himno real, los que sugieren;
·
Sea una loa y exaltación
de tributo a la Patria.
·
Motive
sentimientos de amor y respeto a
la patria
·
Incentive un espíritu de fraternidad y solidaridad.
·
Fomente un espíritu de unión, fe y entrega.
·
Tenga un carácter atemporal implícito o tácito.
·
Despierte sentimientos hacia una apertura mental positiva
de progreso, defensa, y compromiso con la patria y al sociedad.
La Primera Estrofa es incoherente en relación
al coro que denota alegría e induce a
ufanarnos de ser libres, deseando
serlo por siempre; mientras que dicha
estrofa es triste y hace alusión al peruano oprimido arrastrando
cadenas, que en silencio gimió y su
indolencia de esclavo sacudió, levantando la humillada cerviz; dando a entender
que todos los peruanos hemos sido esclavos, lo cual es completamente falso, ya
que solamente los inmigrantes negros traídos del África fueron esclavos.
Sugerir que los peruanos hayan gemido en silencio es una metáfora, que don Ricardo Palma ridiculizó diciendo que dicho verso saca chispas y no se ajusta a una metáfora constructiva ni
menos a la verdad.
El
gobierno del Alan Garcia, ante tanta crítica dispuso que en los actos
públicos de las FF.AA. se entone la última estrofa en lugar de
la primera. Sobre este particular
si hacemos un análisis jurídico y
filosófico, apreciaremos que tal
sustitución, en la entonación de
una estrofa por otra, fue una
disposición gubernamental errada
por cuanto no soluciona el problema de fondo, ya que tal
medida es solo un paliativo que no obedece a una comprensión real del
problema que se traduce en una solución aparente por lo siguiente:
Primero:
Porque
pese a la importancia y
trascendencia del problema del himno, ello no ha sido abordado con seriedad y responsabilidad por el
Gobierno en su conjunto en forma explícita, aun cuando la citada
disposición significa un reconocimiento
implícito y oficial de la existencia de un problema serio en la composición literaria del referido
Himno y que sus mensajes
afectan la autoestima de la población.
El mencionado cambio, por lógica
elemental, debió ser con la
segunda estrofa; pero no fue así, por cuanto
ésta ni las siguientes estrofas reúnen las condiciones, como para ser preservada como himno; sin embargo, se decidió
por la sexta estrofa por ser la menos dañina al inconsciente colectivo; es decir, se
trató de una simple selección emocional
a dicha estrofa, conservando la vigencia
de la primera estrofa, pese a su
inautenticidad ampliamente demostrada.
Segundo:
Porque
el indicado cambio es una solución aparente al
problema del Himno, debido a que no aborda la cuestión de fondo; pero no deja ser un paso
previo y fundamental, que puede viabilizar una posible solución integral del verdadero problema del himno, dado que el cambio del denominado “himno” del Perú, requiere de
estrategias; toda vez que, se trata de cambiar una concepción deformada del himno, enraizada en la mentalidad
nacional, a causa de una mentira, un engaño y una omisión
encubiertas durante casi dos siglos, por una indiferencia
y un facilismo, arraigado entre nuestros usos y costumbres, así como
por un amor fatuo y efímero mostrado a la Patria. En estas circunstancias no es posible pretender un desarrollo cívico
patriótico, en la cultura en general,
menos pretender alcanzar la
integración y unión de todo los peruanos, menos
nuestra inclusión al “primer mundo” anhelado por todo los peruanos, por cuanto ni siquiera sabemos dar muestras sinceras de
amor a la patria ni gratitud a sus héroes y predecesores que forjaron la libertad, como toda nación
civilizada, lo que desdice nuestro nivel cultural.
Tercero:
Porque
la referida medida gubernamental no
garantizan en absoluto que con
otro gobierno, nuevamente se vuelva a cantar
la primera estrofa y, las buenas intenciones corran el riesgo de convertirse en una manipulación política
más, básicamente, por encontrarse vigente la cuestionada estrofa, causante del
conflicto, toda vez que dichas medidas
constituyen tan solo un paso importante para posibilitar el
inicio de la salida de una mente conservadora existente todavía en nuestro
medio.
Cuarto:
Porque tal decisión, del
Presidente García, no fue más que
una maniobra evasiva a la verdadera solución del problema que
deviene en ilegal, por transgredir la Resolución de la Sentencia del
Tribunal Constitucional de fecha 18.05.
2005, la cual dispone
que la atribución de cualquier cambio en el canto del himno corresponde
al Congreso de la República; en efecto,
la declaración 4ta de la referida
Resolución establece:”…corresponde al Congreso de la República determinar la o las estrofas del Himno Nacional
del Perú que deben ser tocadas y
entonadas en los actos oficiales y públicos. En tanto ello no se produzca mantiene su fuerza normativa la costumbre imperante”. Es
decir, el Congreso de la República es el
único Organismo competente, para determinar que estrofa se cambia
o no en el canto del himno. En este sentido, dada las circunstancias, en resguardo del
ordenamiento jurídico y en cumplimiento de la normatividad vigente, es
preciso que el Congreso que: De un lado,
adopte una decisión en relación a la
ejecución de la indicada Resolución; y
de otro lado, se pronuncie
también sobre la referida opinión
institucional del Colegio
Abogados de Lima que advierte
la inconstitucionalidad de la
Resolución del T.C.
Cabe resaltar que, entre las seis estrofas y
el coro, la sexta estrofa del denominado Himno Nacional
es una de las menos inicuas a la mentalidad colectiva, pero ésta tampoco reúne las condiciones o
requisitos que exige un verdadero himno
patrio, ya que si bien la Sexta Estrofa, desde una óptica
sintáctica-poética es bella; sin
embargo, desde un punto de vista
semántico, en cuanto al sentido y significado de sus palabras, el
séptimo y octavo verso, que dice: “renovemos el juramento que rendimos al Dios
de Jacob”, hace que se incurra en una infracción de la Constitución
Política del Estado, en relación a la libertad de cultos que Ella garantiza;
asimismo, genera una relación de dependencia
o pertenencia de un determinado
Dios a
un personaje o comunidad. En
efecto, esto podría insinuar la existencia de otros dioses, que podrían implicar un irrespeto a otras creencias
religiosas y dar la sensación de otros
dioses, pues el Dios de Jacob
inicialmente fue conocido como Dios de los Judíos; es decir, dichos versos hieren la susceptibilidad de otros
credos y religiones por discriminarlos, siendo
el Perú respetuoso de todas las religiones y creencias.
De otra parte, el quinto verso “A su
sombra vivamos tranquilos,” el cual
asociado a los anteriores versos,
tercero y cuarto, ( “que a los siglos anuncie el esfuerzo que ser libres por siempre nos dio), irradia
un mensaje de pasividad,
inactividad y conformismo, dando la impresión
que ya habiendo sido declarados
libres e independientes nos
tocaría descansar, como si tal declaración
fuese suficiente para consolidar, conservar, gozar y tener permanentemente activa la libertad,
que con sacrificios y
esfuerzos consiguieron nuestros predecesores, mensaje que no es nada constructivo, puesto que la libertad no es una condición establecida para que
de por sí y automáticamente, genere los efectos y beneficios que de
ella emana para merecerla. Pues
la pasividad ha permitido, en casi toda la vida
Republicana, el ingreso de dictaduras así como del virus
del autoritarismo intra-democrático en nuestro sistema político.
Cabe
significar que los símbolos patrios no son simples poemas, por muy bellos que
sean, sino sobre todo, son representaciones cognitivas y valorativas que
constituyen un referente existencial obligado y necesario de las comunidades
territorializadas, que recogen una
historia, reflejan una cultura, influyen en el carácter colectivo, inciden en
el fortalecimiento de la espiritualidad
cívica y determinan la mentalidad
grupal señalando un derrotero histórico, los mismos que dan
un valor objetivo a dichos símbolos; en tanto que su valor subjetivo se encuentra en el sentimiento nacional a
nivel individual y/o colectivo.
Asimismo
los símbolos patrios no son meros sistemas conceptuales, toda vez que son constructos sociales que contienen
el imaginario colectivo de una tradición que se halla
intrínsecamente ligada a la condición humana de convivencia y obedecen a una necesidad de identidad e integridad
individual o colectiva de una
comunidad organizada.
Una
sistematización filosófica del estudio
y análisis de un himno patrio en general y en particular del denominado Himno Nacional
del Perú, haciendo uso de los métodos filosóficos de la fenomenología,
la hermenéutica, la dialéctica
y la axiología, han permitido
establecer las conclusiones siguientes:
a.
Una meditación fenomenológica
muestra a un himno patrio como a un objeto cultural que detrás
del fenómeno se encuentran y obedece a
principios inherentes en él que los
sustenta y legitima como tal. En este sentido, nuestro denominado Himno
Nacional únicamente posee los principios de intangibilidad y temporalidad, los mismos que se
encuentran en constante colisión por ser
anacrónica y debido a que carece del principio de solidaridad.
b.
Una
meditación hermenéutica
lo señala como un objeto
simbólico y sígnico que conlleva un
sentido así como una significación cognitiva y valorativa. Contexto en el cual,
cabe recordar que, los signos además de ser
instrumento de la totalidad de las
ciencias, juegan un rol
determinante en el lenguaje y en la mentalidad del hombre. La hermenéutica de los himnos patrios,
como símbolos, nos indica que
éstos son signos formadores y guiadores de la mentalidad y de
la consciencia nacional, razones más que suficientes, para poner atención en el contenido de los mensajes que conllevan los
símbolos patrios. La hermenéutica del denominado himno Nacional permite determinar también que
nuestro símbolo patrio es una
apología al lamento y contiene mensajes
negativos que obnubilan la consciencia
y la mentalidad nacional, los cuales que han incidido en la dinámica de
la crisis estructural imperante en el
País.
c.
Una
meditación dialéctica
permite observar que un himno
patrio es un objeto de cohesión
social, cuya existencia o validez como símbolo patrio radica en su esencia dialógica, que se sustenta en
tres elementos: en el principio de
solidaridad, como factor
trascendental de cohesión social del espíritu patriótico y, en los principios de temporalidad e intangibilidad que interactúan en una tensión
de armonía de los apuestos. En el
caso de nuestro denominado Himno
Nacional, una meditación dialógica, nos revela
que éste corresponde a un seudo himno cuya esencia dialógica se encuentra alterada, debido a que colisionan los principios de intangibilidad y temporalidad, no produciéndose dicha
armonía de los opuestos por ausencia
del principio de solidaridad,
toda vez que en la dinámica dialéctica de un himno patrio en general como
consecuencia, la dialéctica interna de
himno depende de la dialéctica
externa, encarnada en el sistema político imperante que es la que determina el
contenido del himno patrio,
d.
Una meditación axiológica permite establecer que los símbolos patrios constituyen
fuente y luz de una vida valorativa humana, que solo se
realizan a través de la manifestación de
los sentimientos previa la captación
consciente o inconsciente de los valores
que están a su disposición, sea en su
polaridad positiva o negativa; asimismo, nos muestra que dichos
símbolos tienen un valor objetivo
y subjetivo que dan sentido a la idea de
patria.
La reflexión y uso de tal método
permite determinar que el denominado Himno Nacional infunde
mensajes negativos como el conformismo, la indiferencia, alienación,
pesimismo y desintegración que conllevan a una baja autoestima que limita
la captación de los valores en su
polaridad positiva, debido a que los valores son seleccionados y captados de acuerdo a la capacidad cognitiva y sentimental
del hombre, es decir los valores
se encuentra a la espera del influjo de
los sentimientos, conforme se puede
apreciar en el cuadro de la dinámica
de los sentimientos como sigue :
Los elementos de juicio expuestos precedentemente sustentan
la tesis que el Perú carece de
himno Patrio y su sobrevivencia como
himno solo se realiza por la fuerza de los usos y costumbres mal concebida
y por el imperio la ley de intangibilidad 1801, cuestionable por ser
inconstitucional y carecer de validez técnica.
Una
teoría que no sea útil es
estéril, razón por la cual las antes
mencionadas obras muestran, también,
una composición literaria como
referente para un Himno patrio, con una
filosofía valorativa capaz de revertir los efectos negativos ocasionados por el denominado Himno
nacional, la cual además
ser apreciadas en los indicados libros se puede ver y escuchar en la web: www.ventanaperu.org
En
resumen, una reflexión consciente sobre
el problema en referencia nos lleva
concebir que existe una necesidad, una
utilidad y una finalidad apremiantes que
impelen a que se cambie la letra del denominado himno Nacional del Perú,
conforme se puede apreciar como sigue:
Necesidad:
-
Necesidad de otorgar un himno patrio real al Perú, como
homenaje auténtico y justo a la patria que conlleve una filosofía valorativa para liberarnos
de un seudo-himno, elemento de opresión mental que obnubila la
consciencia nacional generando sentimientos de baja autoestima.
-
Necesidad de
contar con un elemento motivador
y forjador de una identidad nacional a fin de transformar
viejos moldes socio políticos anacrónicos que infunden pensamientos y sentimientos de indiferencia, indolencia y
egocentrismo pasivos de una
manipulación de la mentalidad nacional.
Utilidad:
-
De contar con un
elemento de fortalecimiento espiritual y mental que nos permita mejorar nuestras relaciones
con el prójimo y nuestros
deberes con la patria
y así fortalecer la conciencia cívica.
-
De disponer de
instrumento motivador, que conlleve una filosofía valorativa, capaz de cambiar
la mentalidad y la consciencia nacional hacia un amor sincero
y consciente hacia la verdad, el trabajo honesto, a la sociedad
y la Patria.
-
De tener un
elemento de motivación, al alcance de todos, capaz de
orientarnos hacia una transformación de las estructuras sociales y
económicas.
Finalidad
-
Contribuir a la solución del problema
del denominado himno Nacional, irresuelto desde
los inicios de la República, a fin de otorgar un himno real al Perú, en
cuanto a su letra, compatible con su
bella música que irradie sentimientos y
pensamientos de fe, en nosotros mismos y
en la Nación, capaces de
orientarnos a un destino superior.
-
Dotar a la
sociedad de un elemento de común denominador a fin de
cultivar y fortalecer los
sentimientos de amor, unión y cohesión
social, para mejorar la
relaciones sociales y encaminarnos hacia un destino superior, superando las
diferencias étnicas, culturales
y religiosas que nos separan.